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La Constituci贸n no es un fetiche.

El Universal
May 30, 2008

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La Constituci贸n no es un fetiche.

 

Miguel Carbonell.

 

Arnaldo C贸rdova en su art铆culo dominical de 聯La Jornada聰 propone continuar el debate que tuvimos en el Senado la semana pasada (聯El debate constitucional聰, La Jornada, 25-mayo-2008). Lo hace rechazando que la interpretaci贸n de la Constituci贸n pueda reducirse a una cuesti贸n de palabras y nos recuerda que le corresponde a la Suprema Corte establecer el sentido de lo que dice el texto constitucional. De paso, nos atiza a los 聯j贸venes constitucionalistas聰 diciendo que estamos cortados todos con la misma tijera y que entendemos que las leyes son completamente manipulables.

Como se trata de un debate de inter茅s general, puesto que toca no solamente a la cuesti贸n del petr贸leo sino tambi茅n al tema m谩s amplio de la manera en que debe ser interpretada nuestra Carta Magna, me permito aportar algunas reflexiones para que los ciudadanos tengan algunos elementos m铆nimos para formarse su propio criterio:

1.     Nadie dijo en el Senado que la interpretaci贸n constitucional se limitara a una interpretaci贸n puramente nominalista. Yo sostuve y sostengo que nos debemos tomar en serio las palabras de la Constituci贸n y que, para tal efecto, es necesario leerlas y dotarlas de contenidos concretos.

2.     De esa manera no se verifica, como dice C贸rdova, una desacralizaci贸n del derecho, sino todo lo contrario: se le toma en serio partiendo de su significado primario, que es el de las palabras con que se encuentra escrito. Es mucho m谩s da帽ino practicar esa interpretaci贸n metaf铆sica con que nos deleit贸 C贸rdova en su intervenci贸n ante el Senado, cuando cit贸 una y otra vez al 聯esp铆ritu聰 de la Constituci贸n y al 聯esp铆ritu聰 del Constituyente. Eso s铆 que es diluir el sentido y el papel del derecho. A varios de los 聯j贸venes constitucionalistas聰 que tanto cr铆tica nos ense帽aron a trabajar con normas jur铆dicas y por tanto no somos capaces de hacer interpretaciones espirit铆stas, m谩s propias de astr贸logos que de juristas, al rev茅s de lo que hace C贸rdova cuando cita con profusi贸n a los esp铆ritus, a los 聯significados聰 y a los 聯sentidos聰 de la Constituci贸n sin hacer referencia m谩s que de manera tangencial a su texto, para efecto de ponerlo frente a las iniciativas de reforma energ茅tica que est谩n en la mesa de los senadores.

3.     Tampoco nadie dijo en el Senado que la Suprema Corte no fuera el 贸rgano que lleva a cabo la interpretaci贸n terminal o 煤ltima de la Constituci贸n. Si nos invitaron los senadores es porque algo sabemos de derecho constitucional y, siendo esto as铆, no hace falta que nos recuerden lo obvio. El punto importante, sin embargo, es mucho m谩s complicado de lo que imaginan los te贸ricos de la metaf铆sica constitucional: en una sociedad democr谩tica hay una n贸mina abierta de int茅rpretes constitucionales. Cada tipo de interpretaci贸n produce un efecto distinto, pero la pueden llevar a cabo los legisladores, los acad茅micos y desde luego los propios ciudadanos, destinatarios inmediatos de muchas de las normas constitucionales. 驴Qu茅 hay de malo en eso? 驴acaso los senadores no est谩n llamados a interpretar el alcance de los art铆culos 27 y 28 constitucionales para poder aprobar con fundamento las iniciativas de reforma energ茅tica? 驴acaso los te贸ricos cuando escriben sus manuales y tratados no hacen tambi茅n una especie de interpretaci贸n constitucional? 驴de d贸nde viene ese furor judicialista que pretende sostener un inaceptable monopolio de la interpretaci贸n constitucional a favor de la Suprema Corte? 驴acaso le tenemos miedo a la versi贸n democr谩tica de la interpretaci贸n constitucional que ve en cada ciudadano a un usuario y un protagonista de tal interpretaci贸n? Ni las posiciones m谩s elitistas del constitucionalismo moderno niegan la posibilidad de que millones de ciudadanos sean protagonistas de la vida constitucional de un pa铆s a trav茅s de la realizaci贸n de sus propias interpretaciones.

4.     C贸rdova nos acusa de 聯mezclar聰 conceptos al proponer nuestra interpretaci贸n de los art铆culos 27 y 28 constitucionales. Lo que creo que sucede, en rigor, es que 茅l mezcla m茅todos. Quiere sostener posiciones jur铆dicas apelando a conceptos de la ciencia pol铆tica. A los razonamientos que hacemos con base en las teor铆as modernas del derecho, C贸rdova opone la visi贸n de Cicer贸n, de Maquiavelo y de Montesquieu. Su cita m谩s reciente debe ser la de Andr茅s Molina Enr铆quez, cuya luz de gigante intelectual lo sigue alumbrando, aunque a los dem谩s nos diga m谩s bien poco para enfrentar los problemas que tenemos aqu铆 y ahora.

Lo que demanda el pa铆s a sus intelectuales es est茅n a la altura de los tiempos, que iluminen con su rigor acad茅mico las discusiones relevantes para el rumbo del pa铆s, no que disfracen con discursos vac铆os sus propias premisas ideol贸gicas. Lo mejor que se puede hacer para discutir hoy en d铆a sobre la Constituci贸n es tom谩rsela en serio. Reconocer su car谩cter de norma jur铆dica, dejando atr谩s los discursos tra铆dos del siglo XIX que dicen que la Constituci贸n 聯no norma ni regula聰, como si fuera una simple carta a los Reyes Magos. Ese es el modelo de interpretaci贸n que debemos rechazar.



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