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El derecho a la información en América Latina
UNESCO

Mar 4, 2013 - 1:49:26 PM

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La Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) publicó el informe " El Derecho a la Información en América Latina: comparación jurídica” donde se hace una comparación del derecho existente a las leyes de acceso a la información de 11 países de América Latina y se subraya la importancia de la información pública gubernamental para el fortalecimiento de la democracia y el buen gobierno.

El informe detalla de manera muy precisa los retos existentes en materia de acceso a la información desde una perspectiva regional y comparativa entre Chile, Colombia, República Dominicana, Ecuador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Perú y Uruguay, así como la manera en la que estos países han progresado en la promulgación de legislaciones que favorezcan el  acceso universal a la información y al conocimiento.

La legislación en materia de acceso a la información refleja la premisa fundamental de que toda información en poder de los gobiernos y las instituciones gubernamentales es pública y sólo podrá ser retenida si existen razones legítimas para no divulgarla, como es el caso de la privacidad y la seguridad. En este sentido, el acceso a la información enriquece la democracia debido a que la sociedad tiene el derecho a conocer y debatir plena y abiertamente todas las acciones que lleven a cabo las autoridades. El derecho a la información también es una herramienta clave para combatir la corrupción y los actos indebidos del gobierno.



Durante los últimos 10 años, el derecho a la información ha sido reconocido y garantizado por un número muy alto de países en todo el mundo. En el año de 1990, tan sólo 13 países habían adoptado leyes nacionales sobre acceso a la información, mientras que en la actualidad, más de 80 leyes han sido aprobadas y hay en promedio otras 30 que se están estudiando y debatiendo en todo el mundo. En 1990, el derecho a la información se veía principalmente como un asunto de reforma de la administración estatal, pero hoy en día se ve cada vez más como un derecho humano fundamental.

Actualmente, existe una tendencia progresiva para garantizar el pleno acceso a la información en los países latinoamericanos. Según el informe, publicado en el año 2009, se señala que en América Latina y El Caribe existen 15 países que tienen leyes nacionales de libertad de información y otros que tienen proyectos de ley sobre esta materia. Sin embargo, la UNESCO afirma que sin la existencia de mecanismos adecuados que permitan el pleno acceso a la información, la promoción de un cambio cultural hacia la transparencia entre los funcionarios públicos y el fomento de la demanda pública de información, estas leyes no serán realmente eficaces.

El informe “ El Derecho a la Información en América Latina: comparación jurídica” parte de cuestiones específicas que considera esenciales para el óptimo acceso a la información como son ¿Qué alcance debe la obligación de publicar y difundir la información y cómo puede la ley asegurar que esta obligación crece en línea con los avances tecnológicos?, ¿Qué derecho de apelación deben tener los individuos cuando sus solicitudes de información sean rechazadas?, entre otras.



La libertad de información o el derecho a la información, puede definirse como “el derecho a tener acceso a la información que esté en manos de entidades públicas” y representa una parte integrante del derecho fundamental a la libertad de expresión. La libertad de información también ha sido consagrada en instrumentos internacionales importantes, como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966 y la Convención Americana sobre los Derechos Humanos 1969.

La Organización de Estados Americanos (OEA), a través de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha tenido un papel fundamental en pro del derecho al acceso a la información. En el año 2000, la Comisión aprobó la Declaración Interamericana de Principios sobre Libertad de Expresión y en el año 2003, la Corte, en el caso Claude Reyes y otros vs Chile, emitió una sentencia en la que se exponía que la garantía general de libertad de expresión consagrada en el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos protege el derecho de toda persona a tener acceso a la información en poder del Estado, abarcando la obligación positiva del Estado de entregarla sin la necesidad de que el solicitante deba acreditar un interés directo para su obtención o una afectación personal, salvo en los casos en que se aplique una legítima restricción.

Dicha resolución significó el primer fallo de un tribunal internacional que reconoció la libertad de información.








Leer "El Derecho a la Información en América Latina: comparación jurídica"










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Enlaces relacionados:

El derecho a la información según la Corte Interamericana de Derechos Humanos: Caso Claude Reyes y otros vs Chile

Un IFAI dotado de autonomía constitucional

La transparencia como farsa

La utilidad social de la transparencia

La importancia de la transparencia

Informe sobre gobierno electrónico 2012: gobierno electrónico para la gente


Informe de competitividad global 2012-2012

Los documentos básicos en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos

Página web UNESCO

Organización de Estados Americanos (OEA)

Página web Comisión Interamericana de Derechos Humanos

Página web Corte Interamericana de Derechos Humanos

 

 

 

 



         
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Miguel Carbonell es investigador de tiempo completo en el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM y profesor de la Facultad de Derecho de la misma Universidad. Es especialista en derecho constitucional y derechos fundamentales.

Ha enfocado su trabajo en temas como derecho a la información, transparencia gubernamental, reforma del Estado, juicios orales, derecho a la no discriminación y políticas públicas sobre los derechos sociales

 

miguel@miguelcarbonell.com

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